PEDRO M. GONZÁLEZ En el año 2.009 el Tribunal Constitucional avalaba que las amenazas leves a mujeres por parte de sus parejas o exparejas sean constitutivas de delito, mientras que si es el varón el sujeto pasivo de tal conducta, quede reducido a simple falta. La diferencia punitiva estriba en que sólo el varón podrá […]
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